Idioma:

Nuevo reglamento de aparatos a presión

El Reglamento de Aparatos a Presión ha sido modificado por el R.D. 2060/2008 que fue publicado en el BOE nº 31 de 05/02/09 yentrará en vigor el 05/08/2009. Con esta modificación se intenta que los reglamentos de aparatos a presión propios de cada país converjan progresivamente en un único reglamento común europeo.

Las modificaciones aportadas persiguen el acercamiento y aproximación del Reglamento de Instalación de Equipos a Presión (seguido por los instaladores de equipos de estas características en España) a la Directiva Europea 97-23-CE(seguida por los fabricantes de aparatos de estas características, a nivel europeo), mediante el uso de conceptos parecidos a los que en ésta última se señalan.

Se persigue también la uniformidad en lo referente a los valores de las pruebas a presión, respecto a las diferencias que existían hasta este momento entre ambas normativas.

Cambian las siguientes categorías:

  • De las calderas: del tipo A, B y C, pasamos a 1ª y 2ª clase, aunque los criterios para determinar la categoría son similares.
  • De las empresas instaladoras.
  • De los títulos y atribuciones
  • La periodicidad de las inspecciones con o sin prueba de presión.
  • Pasan a existir 3 niveles de pruebas, cuando antes eran 2 tipos.
  • Los periodos de aplicación cambian.
  • Aparece la figura del Agente, que será el organismo encargado de realizar las pruebas.
  • Cambian los organismos que las aplican, con mayor participación de los OCAS (Organismo de Control Autorizado).
  • Cambia el diseño de las placas.

También se darán cambios en lo referente a equipos y seguridades, pero en menor medida.

No duden en consultar con nosotros los proyectos que tengan pensado realizar y cómo puede afectar este nuevo reglamento a los mismos.